Desde la Procuración General de la Provincia iniciaron actuaciones administrativas tras conocer que 50 agentes del Cuerpo de Investigaciones Fiscales se habrían aplicado la vacuna Sputnik V. Desde el Ministerio de Salud Pública no brindaron respuestas a este medio por este tema.
Esta mañana se conoció que desde la Procuración General de la Provincia iniciaron actuaciones administrativas luego de conocer que 50 agentes del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF) se habrían inoculado con la vacuna Sputnik V hace alrededor de un mes, luego de tramitarlas ante el Ministerio de Salud Pública, organismo que tiene a su cargo el plan de vacunación contra la COVID-19 en el territorio de la provincia.
De acuerdo con la información que dio a conocer el Ministerio Público, la Procuración General, su Coordinación General y el Servicio Médico del organismo no estaban al tanto de esta situación. Las personas inmunizadas formarían parte de una lista confeccionada en el ámbito del CIF.
De acuerdo con la información brindada por fuentes judiciales a El Tribuno, una camioneta del Ministerio de Salud Pública habría concurrido a realizar la vacunación del personal del CIF. Hasta el momento, este medio no obtuvo respuestas por parte de las autoridades de la cartera sanitaria.
Esto ocurre días después de que se conociera que personas que no forman parte de los grupos objetivo para la vacunación hubieran sido inmunizadas en el ámbito del Ministerio de Salud de la Nación y en un contexto de sospechas sobre la posible vacunación irregular de grupos privilegiados en la provincia de Salta, lo que generó al menos dos pedidos de informe en la Cámara de Diputados.
Según informaron desde el Ministerio Público, esta situación generó «sorpresa y desagrado» en el ámbito de la Procuración ya que hay fiscales, funcionarios y personal incluido en grupos de riesgo que todavía no accedieron a las vacunas contra la COVID-19: «Además de las posibles irregularidades en el acceso a las vacunas, la situación revistió falta de solidaridad y equidad de quienes decidieron avanzar en el acceso a las dosis y su disposición final, al no haber contado con una opinión médica objetiva sobre el listado de personas con prioridades que debían administrarse la vacuna Sputnik V y el orden de prelación que debía seguirse para ello».
Hasta el momento, los grupos objetivo para la vacunación contra la COVID-19 previstos por las autoridades sanitarias son los trabajadores de salud y las personas mayores de 70 años que obtuvieron turnos por la línea 148 o por el sitio vacunate.salta.gob.ar. El próximo grupo a ser inmunizado es el de algunos trabajadores del sector de la educación.
El procurador Abel Cornejo, quien está aislado por haber sido contacto estrecho de una persona que tiene síntomas compatibles con COVID-19, consideró que pudieron advertirse a primera vista irregularidades en torno a la violación de distintas normativas vigentes. Explicó que, por su gravedad y complejidad, esto justifica que se promuevan instancias disciplinarias internas, sobre todo, «cuando es de dominio público que todavía la cantidad de dosis disponibles a nivel internacional, nacional y provincial resulta absolutamente insuficiente para cubrir las necesidades de la población”.
Desde el Ministerio Público informaron que las actuaciones administrativas buscan deslindar responsabilidades, determinar la vía de acceso a las dosis y la tramitación del pedido, así como también los criterios adoptados para la confección de la lista, habida cuenta que el Servicio Médico del Ministerio Público no fue consultado.
Desde que comenzó la pandemia, muchos trabajadores del CIF tuvieron COVID-19 y, luego de haber cumplido los protocolos establecidos para evitar más contagios y someterse a los tratamientos indicados, se recuperaron en forma favorable.
Vacunación rutinaria
En el CIF, cada año se cumple con la vacunación del personal contra distintas enfermedades, ya que sus agentes tienen contacto con cuerpos, muestras biológicas y materiales potencialmente infectantes.
La inmunización a trabajadores está enmarcada en el artículo 21 del Decreto 351/79, que la contempla como uno de los requisitos de los Servicios de Medicina del Trabajo y de acuerdo con la OMS/OPS, que establece los Niveles de Prevención Primaria Especifica, junto con Higiene y Seguridad del Trabajo, Higiene y Seguridad de la Vida Familiar y Calidad del Medio Ambiente.
Fuente: El Tribuno