La Cámara Federal de Casación Penal anuló el procesamiento de CFK
Cae una nueva causa de persecución judicial contra la actual vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner. Se trata de una investigación derivada del caso Cuadernos, armada por Claudio Bonadío, que hace foco en el supuesto uso irregular del avión presidencial.
La Cámara Federal de Casación Penal anuló este jueves la resolución con la que la Cámara Federal porteña había confirmado un procesamiento contra la expresidenta por el supuesto uso irregular de la flota presidencial para el traslado de muebles hacia el sur del país. La máxima instancia penal del país ordenó que se dicte un nuevo fallo.
La resolución anulada había sido emitida por la el tribunal revisor de Comodoro Py cuando decidió rechazar un planteo de la defensa de la exmandataria que reclamaba la nulidad de lo actuado por el juez Claudio Bonadio. En una de sus tantas maniobras irregulares, el fallecido magistrado había obrado como denunciante (al extraer testimonios de la causa de los Cuadernos) y luego como instructor del expediente. Es decir, fue armada por el propio Bonadio a modo de desprendimiento de la causa de las fotocopias.
El expediente cobró notoriedad en una jornada icónica del Lawfare: fue uno de los ocho procesos en los que el fallecido Bonadio había sometido a la ex presidenta a una insólita maratón de declaraciones indagatorias el 25 de febrero de 2019 (precisamente, el día de nacimiento de Néstor Kirchner). En el marco de este caso, Bonadio terminó dictando el procesamiento de CFK por el delito de peculado, sentencia que fue parcialmente confirmada por la Cámara Federal porteña, integrada por los jueces trasladados a dedo por Macri, Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, y por el también designado por Macri, Mariano Llorens. Este jueves, la Cámara de Casación Penal ordenó dictar un nuevo pronunciamiento.
La decisión judicial fue tomada por la sala II de la Casación Penal, integrada por Alejandro Slokar, Carlos Mahiques y Guillermo Yacobucci. Slokar, que lideró el acuerdo, destacó el “fundado temor de parcialidad respecto del entonces magistrado actuante, tal como resolvió esta Sala en su oportunidad, impedido desde siempre de haber intervenido en este expediente”.
«Coincido con el primer ponente en que procede anular la resolución impugnada por arbitrariedad, y en que el vicio que la origina finca en la omisión de tratamiento de una de las impugnaciones efectuados por la defensa en punto a la presunta afectación de la garantía de juez natural y de imparcialidad del juzgador», agregó, por su parte, el juez Carlos Mahiques en la resolución.