Por un voto de diferencia, aprobaron la “Ley Antipiquete” en Salta


2 junio, 2023


Con 11 votos a favor, 10 en contra y dos ausentes; fue aprobada la Ley .

El pasado martes 30 de mayo en la Cámara de Diputados de Salta, se trató y aprobó un proyecto de Ley presentado en abril de 2022, por las legisladoras Cristina Fiore y Socorro Villamayor. El mismo busca reglamentar las manifestaciones sociales, a fin de que no colisionen los derechos de protesta y de libre circulación.

En este contexto, el proyecto con media sanción, entró en el debate de este jueves 1 de junio en la Cámara de Senadores de Salta. El legislador por Rosario de la Frontera, Javier Mónico Graciano, informó que el objetivo principal es “conciliar” el ejercicio de los derechos a la libertad de expresión, a protestas y manifestaciones, con el derecho a la libre circulación y preserveración de la integridad física y de la propiedad pública y privada.

Luego de un arduo debate, los legisladores aprobaron la, popularmente llamada “Ley Antipiquetes”, con apenas un voto de diferencia, ya que fueron 11 a favor, 10 en contra y hubo dos ausentes.

Por tanto, la misma pasa al poder Ejecutivo para su promulgación, estableciendo que se debe resguardar el desarrollo pacífico de la protesta o manifestación pública, siempre y cuando:

  1. Permita el normal funcionamiento de servicios públicos, especialmente los referidos a la salud, transporte público, educación y bomberos;
  2. Habilite, aunque sea parcialmente la circulación de personas y/o vehículos en una dirección determinada;
  3. Evite la comisión de delitos tipificados en el código penal durante los actos preparativos, desarrollo o desconcentración de las mismas, incluidos los daños a la propiedad pública o privada;
  4. Se haya realizado la correspondiente notificación, conforme lo determinado por la presente Ley.

Al mismo tiempo, el escrito dicta que toda protesta y manifestación pública, deberá ser notificada con una antelación no menor a 24 horas, ante la comisaría más cercana, donde se tendrá que especificar:

  1. Lugar de concentración, señalando en el caso de que se trate de una marcha, las arterias por donde se realizará el desplazamiento, y la desconcentración.
  2. Horario de inicio y tiempo estimado de desarrollo.
  3. Objetivo de la protesta o manifestación, pudiendo dejar constancia de los detalles del reclamo, en el caso que el mismo tuviera un objeto concreto.
  4. Responsables u organizadores de la protesta o manifestación, sean entidades o personas humanas.

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