Estrategia Judicial
En los delitos de violencia de género se invierte, de hecho, “la carga de la prueba”. Se le cree a la víctima, aun con escasa prueba. ¿Cuán grave es la nueva acusación y cuántos años pueden caerle al expresidente?
El fiscal federal Ramiro González aplicó la “inversión de la carga de la prueba” para agravar la acusación contra el expresidente Alberto Fernández en la denuncia por supuesta violencia de género contra su expareja Fabiola Yáñez. Se trata de una regla tácita por la cual, ante un episodio como el que consignó Yáñez, la primera actitud del Poder Judicial debe ser creerle a la presunta víctima aun cuando no hubiera aportado pruebas documentales ni más testimonio que el propio para justificar su acusación.
En el Código Penal la “inversión de la carga de la prueba” es una excepción que se aplica, por ejemplo, al delito de enriquecimiento ilícito. Sus efectos, no obstante, son extensivos a casos como estos y la consecuencia directa es que Fernández deberá demostrar que su exmujer miente. Si no lo hiciera (y los exámenes psicológicos a los que será sometida su expareja no mostraran una personalidad claramente fabuladora), los nueve hechos de violencia doméstica denunciados tienen una altísima probabilidad de ser considerados ciertos. Ello podría significarle al expresidente una condena de hasta diez años de cárcel por los delitos de “lesiones leves y graves, doblemente agravadas y amenazas coactivas”.
Acoso psicológico y agresiones físicas
El fiscal González asentó en su dictamen que “desde fecha incierta, pero desde cuando Fabiola Yáñez comenzó un vínculo de noviazgo con Alberto Fernández, hasta la actualidad, la nombrada sufrió una relación atravesada por hostigamiento, acoso psicológico y agresiones físicas en un contexto de violencia de género e intrafamiliar (según las etapas temporales de ese vínculo afectivo)”.
En ese escenario se produjeron, siempre según el documento, dos hechos particularmente graves. “En el año 2016, Alberto Fernández obligó a Fabiola Yáñez a realizar un aborto, a través de un plan que constituyó destrato, negación de la palabra, hostigamiento y frases como ‘hay que resolverlo, tenés que abortar’. Ello –agregó el fiscal– le causó “un daño psíquico irreparable”. Bajo esa premisa, las lesiones podrían incluso ser “gravísimas” e incrementar aún más la pena en expectativa para el expresidente.
Otro de los hechos singularmente graves ocurrió, de acuerdo con el dictamen, el 12 de agosto de 2021 cuando Alberto Fernández le propinó una patada en el vientre a Fabiola Yáñez, conociendo que la nombrada podría estar embarazada en ese momento. Ello ocurrió un día después de que “luego de una discusión originada por los mensajes que Alberto Fernández le remitió a Sofía Pacchi, el nombrado zamarreó a Yáñez de sus brazos, provocándole una lesión en una de sus extremidades y la sujetó con sus manos del cuello”.
Sofía Pacchi es una exmodelo y colaboradora de la ex primera dama y una de las asistentes a la celebración de su cumpleaños, “la fiesta de Olivos”. ¿Por qué Pacchi fue el eje de una pelea matrimonial?
Conductas por investigar
Yáñez asegura haber puesto en conocimiento de su situación a la entonces ministra de la Mujer, Ayelén Mazzina, quien desatendió la situación. Por ello, el fiscal González impulsó una investigación sobre su conducta.
No hizo lo mismo respecto del abogado Juan Pablo Fioribello, quien defendió tanto a Yáñez como a Fernández en el expediente por la fiesta en Olivos, pese a que describió un suceso que bien pudo ameritar una investigación. “El día 28 de junio del corriente año, al momento de despertarse, la señora Yáñez corroboró que poseía en su teléfono celular varios llamados y mensajes efectuados durante la madrugada por Alberto Fernández, mediante los cuales insistentemente le referían que lo atendiera y ‘terminemos con esto lo antes posible’, así como también que atendiera al Doctor Juan Pablo Fioribello.
En virtud de ello, recibió una comunicación del referido letrado quien le manifestó que no era bueno que haga la denuncia ni para ella ni para Fernández, dado que «si lo hacía iban a decir cosas sobre ella”, describió el fiscal.
Y agregó: “La pretensión de esos llamados tenía por objeto aprovechar la situación de vulnerabilidad emocional que estaba atravesando la Sra. Yáñez para que no inste la acción penal en la presente causa”. Entre esos intentos para que desistiera de formular la denuncia, Yáñez recibió lo que vulgarmente se denomina como “psicopateada”, un “mensaje o llamada diciendo que Alberto Fernández había muerto”.
Relación asimétrica y desigual
El fiscal le creyó a la denunciante pese a que todavía no recibió ni produjo pruebas sobre la veracidad de sus dichos. Pero por lo pronto tuvo por cierto “un contexto de violencia de género asentado sobre una relación asimétrica y desigual de poder que se ha desarrollado a lo largo del tiempo, la cual se vio acrecentada exponencialmente por la elección de Fernández como Presidente de la Nación y el ejercicio del cargo”.
Todavía no hay un llamado a indagatoria para el expresidente, no obstante lo cual podría ya formular su descargo mediante una fórmula judicial que otorga al imputado el derecho a hacer una presentación espontánea para brindar su versión de los hechos.
Entretanto, González pidió al intendente de la Quinta de Olivos “los videos de las cámaras de seguridad internas, zona de chalet presidencial y huéspedes, correspondientes a los meses de abril, mayo, junio, julio y agosto de 2021, como así también al mes de julio de 2023”. También reclamó que “se preserven todos los registros fílmicos relativos al período de tiempo comprendido entre diciembre de 2019 y diciembre de 2023”.
Entre las restantes medidas de prueba sugirió que “se requiera a Sanatorio Otamendi, SANAR y a la Clínica Fertilis se sirvan remitir la historia clínica de Fabiola Yáñez correspondiente a los años 2016 y 2017” y “una inspección judicial de la Quinta de Olivos, sus adyacencias y anexos”.
No es un dato menor: el Poder Judicial inspeccionará la residencia presidencial durante el mandato de Javier Milei para investigar si fue escenario de violencia intrafamiliar durante la gestión de su antecesor y rival político.