La medida adoptada por la Secretaría de Minería y Energía de la Provincia busca garantizar un control más exhaustivo, de toda la cadena logística vinculada a la actividad.
Recientemente se dio a conocer una resolución de la Secretaría de Minería y Energía de la Provincia que establece la “obligatoriedad para todo aquel que realiza actividad minera, de identificar todos los vehículos que permanezcan o se dirijan desde o hacia las propiedades mineras”.
La disposición se basa en necesidad de regular la identificación de los vehículos utilizados por el sector.
En sus considerandos, la resolución señala que existen zonas en las que, el incremento del tránsito a crecido exponencialmente, por lo que surgió el pedido de las comunidades locales de una mayor transparencia y control respecto al flujo de vehículos mineros.
“Esta medida es fundamental para el control y la supervisión adecuada, identificar claramente los vehículos utilizados en la actividad; lo que contribuirá a garantizar la seguridad en las operaciones mineras y facilitará la supervisión por parte de las autoridades competentes”, detalla la normativa.
Dicha obligatoriedad alcanzará también sobre los vehículos que se dirijan desde o hacia los proyectos mineros ubicados en Salta, con el fin de garantizar un control más exhaustivo de toda la cadena logística vinculada a la actividad minera.
El artículo tercero de la resolución, que entrará en vigencia a partir del 1 de septiembre de este año, establece que los vehículos automotores deben contar con un logotipo de identificación en ambas puertas delanteras o en los lugares que garanticen su visibilidad. En tal sentido, detalla una serie de características específicas que deberán cumplir, como forma, textura, medidas colores, etc.
Quienes no cumplan con la reglamentación, serán pasibles de sanciones.