Ley Ómnibus: proponen eliminar el límite de 500 dólares para traer productos del exterior


28 diciembre, 2023


En caso de ser aprobada, se habilitará el ingreso al país sin abonar ningún tributo cuando se exceda la franquicia estipulada para aquellos artículos para consumo sin fines comerciales.

La ley «ómnibus» propone eliminar el cobro de impuestos con el que actualmente están gravados aquellos bienes que los viajeros ingresen al país sin fines comerciales. Además, eliminarían los formularios de registro y quitará el límite de 500 dólares para productos que vienen del exterior.

Dentro del capítulo de desregulación económica del proyecto legislativo, el artículo 64 sustituye el artículo 1 del decreto Decreto de Necesidad y Urgencia N° 2753/91 con el objetivo de eliminar el gravamen del 50% que aplica la Aduana cuando un viajero excede la franquicia estipulada para los productos que ingresan al país desde el exterior.

En caso de ser aprobado, el texto finalmente habilitará el ingreso al país sin abonar ningún tributo cuando se exceda la franquicia estipulada para aquellos artículos o mercaderías para consumo sin fines comerciales.

«Las mercaderías amparadas por el régimen de equipaje, que se importen para consumo sin fines comerciales, fuera de las franquicias que otorga el Decreto Nº 2130/91 o con arreglo a lo dispuesto en su artículo 10, no estarán gravadas por ningún tributo.”, reza la modificación que regirá en caso de que el proyecto «ómnibus» sea aprobada.

Siguiendo esa línea, también se propone derogar el artículo 2 del DNU 2753/91 que determina la composición del tributo que se aplica actualmente: «Dicho tributo está integrado por la alícuota del impuesto al valor agregado vigente al momento de la declaración aduanera y por el derecho de importación, el cual será calculado de manera residual».

Los productos que vengan de afuera no pagarán impuestos. (Foto: archivo)

Los productos que vengan de afuera no pagarán impuestos. (Foto: archivo)

Un viajero que ingrese productos no deberá completar formulario alguno

Al eliminarse el gravamen, no tendría ningún tipo de aplicación el artículo 2, por lo cual el proyecto propone directamente su derogación.

Por último, propone la sustitución del artículo 6 del DNU 2753/91 para que en el caso de que un viajero ingrese productos previstos en el régimen de equipaje no deba completar formulario alguno.

Sin embargo, en caso de que sea aprobada la ley «ómnibus», el texto quedará redactado de la siguiente manera: «Para el ingreso de productos mediante el régimen de equipaje no será necesario completar ningún formulario. En caso de que la cantidad de la mercadería a importar haga presumir fines comerciales, la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS seguirá los procedimientos contemplados en la normativa vigente.”/a24

Comentario

^