El Ministerio de Trabajo publicó en el Boletín Oficial la resolución que fija la entrada en vigencia de la norma. Los especialistas advierten por un impacto negativo en el mercado laboral y en la estructura de costos de las empresas
El régimen de teletrabajo entra en vigencia a partir del próximo 1° de abril. El Gobierno definió el inicio del marco regulatorio del modo de trabajo que marcó gran parte de 2020 en medio de la pandemia de COVID-19. Su reglamentación, días atrás, generó cuestionamientos por parte del sector privado que advirtió un impacto negativo en el mercado laboral y en la estructura de costos de las empresas.
Cuando el Congreso aprobó la ley se aclaró que entraría en vigor luego de 90 días contados a partir de que se determine la finalización del período de vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio. En la actualidad, Argentina transita la pandemia con las flexibilizaciones que permite la etapa de distanciamiento social, y aguardaba que el Ministerio de Trabajo dictase la resolución fijando la fecha de inicio del cómputo de tres meses indicados para que comience a regir la ley.
El primer artículo de la norma establece que “las disposiciones de la Ley Nº 27.555 no serán aplicables cuando la prestación laboral se lleve a cabo en los establecimientos, dependencias o sucursales de las y los clientes a quienes el empleador o la empleadora preste servicios de manera continuada o regular”. Tampoco “en los casos en los cuales la labor se realice en forma esporádica y ocasional en el domicilio de la persona que trabaja, ya sea a pedido de esta o por alguna circunstancia excepcional”.
Su implementación prevé un escenario negativo para el sector privado, advirtieron economistas. Los puntos más cuestionado de la norma son la reversibilidad, que implicaría que las compañías mantengan el lugar de empleo “físico” por si un trabajador que hace homeoffice quisiera volver a su oficina, y la posibilidad de “desconexión digital”, que no se ajustaría a la realidad de distintos sectores económicos.
Para los economistas consultados por Infobae, este tipo de medidas representan un desincentivo a la contratación de empleados y criticaron la ley por “ser muy rígida y poner trabas” al funcionamiento de la relación laboral entre el empleador y el trabajador.
Para María Castiglioni Cotter, de C&T Consultores Económicos, la ley “tiene demasiados puntos que generan trabas o desincentivo”. “Por ejemplo, los costos que implican para una pyme la reversibilidad, que requiere mantener el lugar para el empleado que quiera dejar de teletrabajar. Esto en realidad desincentiva al régimen”, explicó la economista.
Miguel Calello, integrante de la comisión directiva y ex presidente de la Cámara Argentina de la Industrial del Software (CESSI), señaló que “la ley no es buena para el sector, quizás para otros sí, pero no para el nuestro. Habíamos pedido que dejen afuera a las empresas de economía del conocimiento porque si no se aprobaba una ley que las beneficia y esto son piedras en el camino, pero no pudo ser”, agregó Calello.
Claudio Moroni, ministro de Trabajo (Gastón Taylor)
El trabajador que ejerza el derecho a interrumpir la tarea por razones de cuidado, deberá comunicar en forma virtual y con precisión el momento en que comienza la inactividad y cuando esta finaliza. En los casos en que las tareas de cuidado no permitan cumplir con la jornada legal o convencional vigente, se podrá acordar su reducción de acuerdo con las condiciones que se establezcan en la convención colectiva.
Con respecto a los elementos de trabajo, su provisión “no se considera remuneratoria, y en consecuencia, no integra la base retributiva para el cómputo de ningún rubro emergente del contrato de trabajo, ni contribuciones sindicales o de la seguridad social”. Y la compensación de gastos, “aun sin comprobantes”, tampoco se considera remuneratoria.
Fuente : Infobae