El COE insta a los ciudadanos al cumplimiento de las normativas vigentes


28 enero, 2021


Teniendo en cuenta la situación epidemiológica en la que se encuentra la Provincia, el  COE apela  a los ciudadanos en el cumplimiento de las normativas vigentes en toda la provincia.

Salta se encuentra en Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio “DISPO”, en los términos establecidos en el DNU N° 1.033/2020, que rige hasta 31 de enero de 2021.

Así mismo el COE recuerda a la población las actividades y eventos que se encuentran permitidos o restringidos en toda la provincia en el marco de la emergencia sanitaria dictada por el Poder Ejecutivo Nacional.

Actividades Prohibidas

  • Conforme a la normativa vigente quedan prohibidas las siguientes actividades (artículo 8° del DNU N° 1.033/2020):

1. Los eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares y actividades en general de más de 20 personas en espacios cerrados. La misma limitación regirá en espacios al aire libre, si se trata de espacios privados de acceso público y de los domicilios de las personas, salvo el grupo conviviente.

2. Realización de eventos culturales, sociales, recreativos o religiosos en espacios públicos al aire libre con concurrencia mayor a 100 personas.

3. Práctica de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de 2 metros entre los y las participantes.

4. Cines.

Asimismo, el COE precisó que sólo podrán realizarse actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios, en tanto posean un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria provincial, que contemple la totalidad de las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional y restrinja el uso de las superficies cerradas permitiendo, como máximo, el uso del 50% de su capacidad.

Siguiendo este lineamiento, en el ámbito provincial se estableció que todas las actividades económicas, industriales, de servicio, sociales, familiares, recreativas, artísticas, culturales y deportivas, sin perjuicio de los protocolos ya aprobados para las mismas, funcionarán teniendo en cuenta pautas generales de comportamiento obligatorias:

a) Uso obligatorio de barbijo y/o tapabocas.

b) Distanciamiento social de 2 metros entre personas.

c) Lugares Cerrados: hasta un máximo del cincuenta por ciento (50%) de su capacidad cuando se trate de actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios y culturales, y deberán colocar en la puerta de ingreso un cartel indicando la cantidad máxima de personas que pueden permanecer.

d) Mantener una correcta y periódica higiene ambiental.

e) Higiene personal: es responsabilidad individual el lavado adecuado de manos, uso de alcohol en gel, y toser con el pliegue del codo.

f) Ventilación de ambientes: Ventilación natural con apertura de puertas y ventanas, en caso de disponer de sistema mecánicos, aumentar el porcentaje de aire exterior, fomentando el recambio de aire ambiente cercano al 100%.

g) Cartelería o señalética: Procurar disponer de carteles que promuevan el autocuidado, de protección personal.

Se recuerda que está vigente la limitación de la circulación de personas en el territorio de la Provincia, entre las 2:00 y 6:00, salvo personal esencial.

Situación Epidemiológica

La Dirección de Epidemiología informa que desde el 1 al 27 de enero se registraron 1145 contagios de COVID-19.

Los departamentos de Rosario de la Frontera, Metán, Anta, Salta capital y Cerrillos, están definidos como zonas de transmisión sostenida de casos.

El resto de los departamentos están calificados como zona baja de transmisión, con casos aislados.

Reporte Plus

 

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